Te despiden y, casi a la vez, te ponen delante el finiquito para que lo firmes. Si lo firmas, ¿estás aceptando el despido? No es lo mismo, y conviene que sepas distinguirlo.
La respuesta rápida
El finiquito y la carta de despido son dos cosas distintas. El finiquito liquida lo que la empresa te debe (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas). Firmarlo no significa aceptar el despido ni renunciar a impugnarlo. El cuidado está en las palabras: si el documento incluye una cláusula de «saldo y finiquito» o de renuncia, ahí sí puede haber trampa. Si firmas, hazlo «no conforme». Y recuerda los 20 días hábiles.
Si acabas de recibir la carta y no sabes por dónde empezar, lee primero qué hacer cuando te dan una carta de despido en el trabajo.
Qué es el finiquito (y qué no es)
El finiquito es el documento que salda las cantidades pendientes al terminar la relación laboral (artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores). No es la indemnización por despido, y tampoco es una declaración de que estés de acuerdo con que te echen. Son planos distintos: una cosa es cobrar lo que te deben, y otra muy distinta aceptar la causa del despido.
¿Te han puesto el finiquito delante para firmar ya? Mándanoslo por WhatsApp y te decimos en el momento qué estás firmando.
Firmar el finiquito no cierra la puerta a reclamar
Puedes firmar el recibo de las cantidades que te deben y, aun así, impugnar el despido. Lo que sí te conviene es dejar constancia de tu desacuerdo: escribe «no conforme» junto a tu firma también en el finiquito. Así reconoces que has recibido el dinero, pero no que renuncias a discutir el despido. Distinto es que el papel contenga una renuncia expresa a reclamar: eso ya no es un simple finiquito.
Ojo con la «puesta a disposición» en el despido objetivo
Si tu despido es objetivo, la empresa debe poner a tu disposición la indemnización en el mismo momento de entregarte la carta. Que cobres esa cantidad no te impide discutir después si la causa era real o suficiente. Cobrar lo que te corresponde y reclamar el despido no son incompatibles.
Cuándo el despido puede ser improcedente
Haber cobrado el finiquito no convierte en válido un despido que no lo es. Puede ser improcedente por motivos de fondo:
- Falta de prueba: la empresa afirma una causa que luego no acredita.
- Desproporción: la sanción del despido es excesiva para los hechos imputados.
- Prueba ilícita: la causa se basa en datos obtenidos vulnerando tus derechos.
- Defecto de forma en la carta: hechos vagos, sin fechas ni concreción, que te impiden defenderte.
¿No sabes qué incluye tu finiquito ni qué firmas con él? No lo decidas tú solo: cuéntanoslo y te lo confirmamos.
Qué te juegas en dinero
- Procedente: no hay indemnización por despido, solo el finiquito.
- Improcedente: readmisión o 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (los periodos anteriores al 12 de febrero de 2012 se calculan a 45 días). La elección corresponde, por regla general, a la empresa.
Qué hacer ahora
- Lee el finiquito entero antes de firmar. Busca frases de «saldo y finiquito» o renuncia.
- Si firmas, escribe «no conforme» junto a tu firma, también en el finiquito.
- Comprueba los conceptos: salario pendiente, vacaciones, pagas. No confundas finiquito con indemnización.
- Cuenta los días. Tienes 20 días hábiles desde el despido para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad.
- Habla con un abogado especializado en despidos antes de que venza el plazo.
Antes de firmar, escríbenos
¿Te dicen que firmes el finiquito y «asunto cerrado»? Antes de firmar nada, escríbenos por WhatsApp. Revisamos tu carta y tu finiquito y te decimos en el momento si el despido es atacable y cuánta indemnización te corresponde.
No firmes nada antes de hablar con nosotros.
Este artículo tiene carácter divulgativo y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico personalizado. Cada caso requiere análisis individualizado de la documentación y circunstancias concretas.
