Faltaste varios días al trabajo y no avisaste, o no pudiste avisar. Ahora la empresa habla de despido. ¿Pueden hacerlo? Depende de algo que casi nadie tiene en cuenta: el motivo de la ausencia.
La respuesta rápida
La ley permite el despido por faltas de asistencia, pero solo si son repetidas e injustificadas. Si tu ausencia tenía una causa real (enfermedad, una urgencia familiar, fuerza mayor) o no pudiste avisar por motivos ajenos a ti, el despido puede ser improcedente, con derecho a indemnización (33 días por año trabajado) o readmisión. Tienes 20 días hábiles para reclamar. No firmes la carta como «conforme».
Si acabas de recibir la carta y no sabes por dónde empezar, lee primero qué hacer cuando te dan una carta de despido en el trabajo.
¿Pueden despedirte por faltar al trabajo?
Sí, pero con condiciones. El Estatuto de los Trabajadores recoge como causa de despido disciplinario las faltas repetidas e injustificadas de asistencia (artículo 54.2.a). Las dos palabras clave son repetidas e injustificadas.
Una ausencia justificada no cuenta, aunque no la avisaras a tiempo. Y una falta puntual rara vez basta: la norma habla de faltas reiteradas. El centro del análisis no es que faltaras, sino por qué faltaste y si la empresa lo sabía o podía saberlo.
¿Ya tienes la carta de despido delante? Mándanosla por WhatsApp y te decimos en el momento si es atacable.
Qué se considera una ausencia justificada
No existe una lista cerrada, pero suelen aceptarse como justificadas las ausencias por enfermedad (con parte médico), accidente, una urgencia familiar grave, deberes inexcusables o causas de fuerza mayor. Lo importante es que puedas acreditarlo, aunque sea después.
Avisar tarde no convierte una ausencia justificada en injustificada. Si estabas ingresado, incomunicado o atendiendo una emergencia, la imposibilidad de avisar juega a tu favor.
Cuándo el despido puede ser improcedente, aunque hayas faltado
- La ausencia estaba justificada. Tenías una causa real, aunque no la comunicaras en el momento.
- No pudiste avisar. La imposibilidad material de comunicar la falta pesa a tu favor.
- No hubo reiteración suficiente. La ley exige faltas repetidas; un episodio puntual rara vez justifica el despido.
- La empresa conocía el motivo y aun así te despidió, o la carta describe los hechos de forma vaga y sin fechas concretas (defecto de forma).
¿Tu ausencia tenía una causa real? No lo decidas tú solo: cuéntanoslo y te lo confirmamos.
Qué te juegas en dinero
- Procedente: no hay indemnización por despido, solo el finiquito.
- Improcedente: readmisión o 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (los periodos anteriores al 12 de febrero de 2012 se calculan a 45 días). La elección corresponde, por regla general, a la empresa.
Qué hacer ahora
- No firmes «conforme». Escribe «no conforme» junto a tu firma y la fecha.
- Reúne los justificantes de la ausencia: partes médicos, informes, cualquier prueba de la causa.
- Guarda los mensajes en los que avisaste o intentaste avisar a la empresa.
- Cuenta los días. Tienes 20 días hábiles desde el despido para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad.
- Habla con un abogado especializado en despidos antes de que venza el plazo.
Antes de firmar, escríbenos
¿Te han despedido por faltar al trabajo? Antes de firmar nada, escríbenos por WhatsApp. Revisamos tu carta y te decimos en el momento si el despido es atacable y cuánta indemnización te corresponde.
No firmes nada antes de hablar con nosotros.
Este artículo tiene carácter divulgativo y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico personalizado. Cada caso requiere análisis individualizado de la documentación y circunstancias concretas.
