Te han dado la carta de despido y has pensado: «no la firmo y así no es válida». Es uno de los errores más caros que puedes cometer. No firmar no hace lo que crees.

La respuesta rápida

No firmar la carta no anula el despido ni lo retrasa. La empresa lo da por comunicado igualmente (con testigos, una nota de «se niega a firmar» o un burofax). Y lo más importante: el plazo de 20 días hábiles para reclamar corre desde el despido, firmes o no. Negarte no te protege; solo te hace perder el control de la fecha. Si decides firmar, hazlo «no conforme».

Si acabas de recibir la carta y no sabes por dónde empezar, lee primero qué hacer cuando te dan una carta de despido en el trabajo.

¿Se anula el despido si no firmo?

No. Es un mito muy extendido. Tu firma no es un requisito de validez del despido: la empresa debe comunicártelo por escrito, con los hechos y la fecha (artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores), pero no necesita tu firma para que surta efecto. Negarte a firmar no convierte un despido válido en nulo, ni un despido sin causa en algo que puedas ignorar.

¿Ya tienes la carta de despido delante? Mándanosla por WhatsApp y te decimos en el momento si es atacable.

Cómo demuestra la empresa que te despidió

Si te niegas a firmar, la empresa tiene varias formas de dejar constancia de que te entregó la carta:

En todos esos casos el despido cuenta como comunicado, y el plazo empieza a correr igual.

El riesgo real de no firmar: quedarte fuera de plazo

El peligro no es la firma: es la falsa tranquilidad. Mucha gente no firma, cree que «así no han hecho nada» y deja pasar los días. Cuando reacciona, el plazo de 20 días hábiles ya ha vencido. Es un plazo de caducidad: si se pasa, pierdes el derecho a reclamar, tuvieras o no razón. Por eso firmar «no conforme» suele ser mejor que negarte: dejas tu postura por escrito y controlas la fecha desde la que cuentas.

Cuándo el despido puede ser improcedente (firmes o no)

Tu firma no cambia el fondo. El despido puede ser improcedente por motivos que nada tienen que ver con que firmaras:

¿Ya te han entregado la carta y no sabes si firmar o no? No lo decidas tú solo: cuéntanoslo y te lo confirmamos.

Qué te juegas en dinero

Qué hacer ahora

  1. Si firmas, hazlo «no conforme». Escribe «no conforme» junto a tu firma y la fecha.
  2. Pide una copia de la carta, firmes o no. La necesitas para reclamar.
  3. Anota la fecha exacta en que te comunicaron el despido. Es el día desde el que cuentas.
  4. Cuenta los días. Tienes 20 días hábiles desde el despido para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad.
  5. Habla con un abogado especializado en despidos antes de que venza el plazo.

Antes de firmar, escríbenos

¿Dudas entre firmar o no firmar la carta de despido? Antes de decidir nada, escríbenos por WhatsApp. Revisamos tu carta y te decimos en el momento si el despido es atacable y cuánta indemnización te corresponde.

No firmes nada antes de hablar con nosotros.


Este artículo tiene carácter divulgativo y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico personalizado. Cada caso requiere análisis individualizado de la documentación y circunstancias concretas.